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REPORTE MENSUAL DE

Circular 029 - Atención a pacientes extranjeros

DESCRIPCIÓN
  • Cada mes la Superintendencia de Salud exige a todas las entidades presentar el reporte de todos los pacientes extranjeros que fueron atendidos en la entidad el mes inmediatamente anterior. Este reporte es obligatorio únicamente para todas las entidades que atendieron pacientes extranjeros durante dicho mes.
  • REPORTE MENSUAL: Vencimiento ultimo día de cada mes.
    Se reportan los pacientes extranjeros atendidos el mes anterior.
DETALLES

ARCHIVOS REQUERIDOS: RIP165RIPS.
Se presenta en archivo DAT.
La no presentación genera sanciones.
El reporte se realiza en la aplicación PISIS la cual el Ministerio usa para todos los envíos de sus reportes y su verificación se realiza en el aplicativo web SISPRO.

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