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REPORTE MENSUAL

RIPS Nacionales Secretaria de Salud de Bogotá

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DESCRIPCIÓN
  • Cada semestre la Superintendencia de Salud exige a todas las entidades presentar su balance, estado de resultados, deudores y acreedores del semestre. Este proceso es de carácter obligatorio.
  • PRIMER SEMESTRE: Vencimiento 20 de febrero.
    Reporte semestral con corte a 31 de diciembre del año anterior.
  • SEGUNDO SEMESTRE: Vencimiento 20 de julio.
    Reporte con corte a 30 de junio del año en curso.
DETALLES

ARCHIVOS REQUERIDOS: FT001 – FT002 – FT003.
Se presentan bajo normativa NIIF y en archivo XML.
La no presentación genera sanciones.
El reporte se realiza en la plataforma de la Superintendencia de salud NRVCC.

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