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Circular 015 – SOAT

Circular 015 – SOAT

Description

  • Cada año la Superintendencia de Salud exige a todas las entidades presentar un reporte de todos los pacientes que fueron atendidos por SOAT en la entidad. Este proceso es de carácter obligatorio para todas las entidades.
  • ANUAL: Vencimiento 20 de enero. Se reportan los pacientes atendidos el año anterior.
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