¿QUÉ CONSECUENCIAS TENDRÍA NO GENERAR LAS FACTURAS ELECTRÓNICAS CON EL FORMATO DE LA RESOLUCIÓN 506?
La principal consecuencia de no generar la factura electrónica con el formato de la Resolución 506 del Ministerio de Salud, es el rechazo de las Facturas electrónica por parte de las Entidades Responsables de Pago (ERP), ya que son estas las instituciones obligadas a exigir la información adicional en la factura electrónica a las Entidades Prestadora de Servicios de Salud (PSS).
La no sincronización de la información de los 21 campos adicionales en el documento electrónico con los RIPS obligará al rechazo de la factura por parte de la ERP, comprometiendo así la liquidez y el buen funcionamiento de los facturadores electrónicos del sector salud. La DIAN válida la generación de la factura electrónica y no realiza ninguna validación de la información de atenciones al momento de transmitir la información, la misma deberá realizarla la aseguradora al momento de la radicación por parte de las PSS.
En segunda instancia, es importante mencionar que existe una sanción por parte de la DIAN por el hecho de no presentar la Factura Electrónica de Venta con validación previa, ya que este es el único documento válido para efectuar el cobro de servicios y tecnologías de salud prestados, lo que obliga los Prestadores de Servicios de Salud a ser los facturadores electrónicos del sector. La sanción a aplicar es cierre del comercio, oficina o consultorio según lo indica el Artículo 79 de la Resolución 0042 de 2020 de la DIAN por no generar este documento electrónico.
La Superintendencia Nacional de Salud será la responsable de efectuar la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de las disposiciones previstas, informando a las autoridades competentes, de conformidad con las normas legales vigentes para ejercer la sanción correspondiente. Zaphiro Consulting & IT Services SAS conoce y entiende los diferentes requerimientos que se manejan en el sector de la salud y le garantiza que la transmisión de la información de las facturas se haga bajo la normativa de la Resolución 506 sin comprometer la salud financiera de su entidad, gracias a la experiencia en todos los servicios que presta ante los entes de control del sector transmitiendo la información exigida por estos organismos.
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