Según la circular 05 de 2021 la Supersalud permite a las entidades la retransmisión de la circular 016, archivos FT001, FT003 Y FT004, en caso de que las cifras presentadas en los documentos soporte, que han debido presentar en abril, difieran.

Es importante que coincidan o de lo contrario van a ser requeridos, corriendo el riesgo de una sanción monetaria.

Algunos de nuestros clientes han solicitado la aprobación de la retransmisión y la Supersalud ha dado la autorización y les han dado plazo hasta el 5 de mayo 2022.

Recuerden que, con base en los datos de la circular 016 y de los documentos soporte, Supersalud realiza la liquidación de la contribución, la cual pensamos que será efectuada en este mes de mayo y por lo tanto es importante haber presentado tanto la circular 016 como los documentos soportes al momento de la liquidación de la contribución.